Tegucigalpa- El Congreso Nacional sigue estancado sin sesionar una de las principales razones parece ser la falta de consenso para ratificar el acta en el caso Banco de Desarrollo de América Latina (CAF), el presidente del Congreso dijo que “eso ya está aprobado” y no hay nada que lo pueda cambiar.
-Cualquier otra interpretación que no sea ratificación del acta está fuera de lugar y es inválida
No obstante, hay conocedores del tema legislativo que difieren con el presidente del Congreso Nacional Luis Redondo, como el caso del analista nacional Olban Valladares, quien es del criterio que si no se reconsidera el acta puede haber responsabilidad.
El analista apuntó que “si no se concede la reconsideración del Acta pendiente, la secretaría y la presidencia (CN), pueden resultar responsables administrativa y penalmente”.
Valladares explica que el presidente del Congreso en aparente desconocimiento de los procedimientos parlamentarios insiste en confirmar que la incorporación de Honduras al CAF está irreversiblemente aprobada, pero es una apreciación “falsa”.
Seguidamente agregó que de conformidad con las Reglas de Roberts y el mismo reglamento del Congreso usado durante 42 años sin distorsiones de ninguna naturaleza; sin manoseos maliciosos y sin trampas ni leguleyadas, el acta en la siguiente sesión debe ser aprobada si ella refleja con absoluta exactitud lo que aconteció en la Sesión anterior, o sea si esta constituye una radiografía de esa Sesión anterior.
El analista político agrega en su explicación que, si existe alguna reconsideración al Acta, la presidencia “obligatoriamente” deberá conceder la palabra al diputado o diputados que así la soliciten y dar el trámite a la reconsideración que por vía de la moción.
Si la moción de reconsideración es aprobada por mayoría simple o calificada en su caso. La secretaria pasará a consignar dicha reconsideración en el acta nueva y esta quedará en firme cuando la nueva acta se apruebe sin reconsideraciones en la Sesión siguiente.
Además, la ilustración de Valladares remarca que, en las reconsideraciones, entre otras peticiones, un diputado puede perfectamente y con pleno derecho modificar en su caso cualquier voto que él haya emitido en la sesión anterior ya sea de positivo a negativo o viceversa.
Si al final de todas las reconsideraciones la votación favorable o desfavorable alcanza en su caso la mayoría de votos es que se considera en firme la validez o no de una decisión.
En el caso del CAF es obvio que la presidencia ha obviado la aprobación del acta porque sabe que en la Reconsideración no alcanza los 65 votos que constituyen la mayoría simple, zanjó
Esto es mundialmente aceptado y practicado; un procedimiento parlamentario correcto, “cualquier otra interpretación está fuera de lugar y es inválida” y existen en los anales del Congreso múltiples antecedentes en el sentido de que en una reconsideración se modificó una decisión de una asamblea anterior, concluyó.LB







