Tegucigalpa – De acuerdo al analista Raúl Pineda Alvarado, si la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), expulsa el párrafo dos del Artículo 239 de la Carta Magna, generará inseguridad jurídica en el país tomando en cuenta que esto fue objeto de un recurso similar en 2008.
– “La atención se los políticos debe centrarse en cómo resolver los problemas del país y no en cómo quedarse o cómo regresar a ejercer el poder”, dijo.
– Toda la semana se habló de reelección y a nadie han metido preso por eso, mencionó.
En esa oportunidad -se refiere al año de 2008- la CSJ explicó que los referidos artículos 239 y 240 no podían ser modificados y los restauró mediante sentencia 214-2008, por lo que ahora no puede decir que son inconstitucionales expulsándolos del texto constitucional.
“Con esto estaríamos generado un ambiente de inseguridad jurídica que debe ponernos a pensar, esto se trata de un problema político originado por motivaciones de una persona que quiere ser reelecto y de otra que quiere competir para ser reelecto”, estimó.
Recordó que “la Corte (Suprema de Justicia) ya conoció de este tema en 2008, en ese momento la Sala de lo Constitucional declaró con lugar un recurso que había sido impulsado por el abogado de Roberto Micheletti contra reformas al texto constitucional y fue la misma Corte la que usó las reformas y restauró los artículos 239 y 240 de la Constitución que habían sido vulnerados cuando se creó la figura del vicepresidente”.
El analista expresó que “no debe sorprender que la Corte haya admitido este recurso, aunque eso no implica necesariamente es que se vaya a otorgar favorablemente esta solicitud”.
Calificó el problema como “político”, al tiempo que agregó que “lo correcto hubiera sido que si el pueblo hondureño de manera fervorosa desea la reelección de un gobernante, al menos cuatro fuerzas políticas se sentaran a discutir ese tema y generasen un producto de consenso o acuerdo general y que no que esta iniciativa surja de una facción de la clase política porque genera lo que ahora está pasando”.
Lamentó que el debate genere una división en la sociedad por este tipo de prácticas políticas, esto sumado a la paralización que abate al pueblo por la inseguridad ciudadana.
Explicó que la Sala de lo Constitucional hizo el proceso correcto de admitir el recurso de inconstitucionalidad al párrafo dos del Artículo 239 de la Constitución. “Los acuerdos políticos en este tipo de acuerdos son indispensables”, aseveró.
“Este proceso no se va a concretizar la complicidad de Mel Zelaya Rosales, es decir, el sector del Partido Libertad y Refundación es fundamental para este propósito porque una vez que se tome esta decisión tiene que irse a un plebiscito y para eso se requieren al menos 86 votos en el Congreso de la República”, arguyó.
Pineda Alvarado pidió no ver este recurso de inconstitucionalidad al párrafo dos del Artículo 239 como algo exclusivo del Partido Nacional; “se trata de un acuerdo manifiesto público o no entre el sector interesado del Partido Nacional y el ex presidente Zelaya, de otra manera no podrá llevarse a la práctica”, apuntó.







